Alabado el todavía que me sirve una canción. Alabado cada día alabado cada día de labor e ilustración.

jueves, 11 de septiembre de 2008

Dia del maestro o medio millon o que se joda Agustìn

Como yo no festejo el dia de Sarmiento(pinche para ver) dedico esta palabras a estos maestros
A Andrea Bizet
A Adriana Borsani
A Pelly
A Rosita
A Paula
A Lili
A Camila
A Carmen
A Daniel
Al turco
A Guillermo
A Patricia
A Viviana Guido
AGraciela Guido
A la bonaerense
Supongamos que soy vicedirector de una escuela ,supongamos que una maestra de la que debemos suponer que se llama Camila ,me cuenta que uno de los pibes del que podriamos suponer se llama por ejemplo Agustin le cuenta suponiendonos un poco que las marcas en las muñecas son porque el padre le pega ,supongamos que ese relato me hace acordar de Julieta de primero que habìa somatizado la violencia y se quedò medio peladita porque recibìa golpes desde que estaba en la panza de la mamà que podria ser por ejemplo mi hija de 17 años y que una vez cuando bebè Julieta lloraba ,el padre le pasò por la cara un puñado de arroz hirviendo para que callara porque le molestaba el llanto.
Supongamos que los dos padres pasaron por la escuela ,por esta misma escuela.
Supongamos un Angel o un Erwen que molestan a sus compañeras , se me acurrucan en el recreo en el hombro mientras grito que no corran y me cuentan sabes profe que ayier comi pisa y ellos gritan mas fuerte que necesitan lo que no hay en el mercado ni en la feria ,ni en el almacen :un cachito de afecto
.Supongamos que todavia hay que escuchar maestros o profesores que dicen que los pibes son unos delincuentes o que tal o cual escuela es un reformatorio,supongamos que la mayorìa de los que trabajamos en escuelas publicas mandamos a nuestros propios hijos a escuelas privadas ,los porteros tambien.

Supongamos que hay una enorme Mirta que es portera que contemplò mi indignacion entre mates dulces quiere hacer pasar a la fuerza al padre de Agustìn que vino a buscar a la hermana a la Esb ...para que lo agarre el vice yo lo ayudò me dice mientra extrae mate cocido del pozo de la olla...supongamos que si el gabinete o la escuela denuncia la agresiòn despues va la madre tambien golpeada y la levanta por que no se que hacer y la abuela le dice frente nuestro pero hija esto va a terminar mal escucha lo que te dicen aca te quieren ,te quiern ayudar hija yo le voy a cortar los huevos y a vos te voy a cocer las cosa cada vez te me enllena la panza ese hijo de su buena madre para que quiere a los hijos para pegarle?


supongamos que el intendente Rossi esta recibiendo mensualmente medio millon de pesos para poner en cumplimiento la
LEY 13298
DE LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS


en sus articulos
SERVICIOS LOCALES DE PROTECCION DE DERECHOS
ARTICULO 18
En cada municipio la Autoridad de Aplicación debe establecer órganos desconcentrados denominados Servicios Locales de Protección de Derechos. Serán unidades técnico operativas con una o más sedes, desempeñando las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. En los casos en que la problemática presentada admita una solución rápida, y que se pueda efectivizar con recursos propios, la ayuda se podrá efectuar en forma directa. Les corresponderá a estos servicios buscar la alternativa que evite la separación del niño de su familia o de las personas encargadas de su cuidado personal, aportando directamente las soluciones apropiadas para superar la situación que amenaza con provocar la separación.
ARTICULO 19
Los Servicios Locales de Protección de los derechos del niño tendrán las siguientes funciones:
a. Ejecutar los programas, planes, servicios y toda otra acción que tienda a prevenir, asistir, proteger, y/o restablecer los derechos del niño.
b. Recibir denuncias e intervenir de oficio ante el conocimiento de la posible existencia de violación o amenaza en el ejercicio de los derechos del niño.
c. Propiciar y ejecutar alternativas tendientes a evitar la separación del niño de su familia y/o guardadores y/o de quien tenga a su cargo su cuidado o atención.
ARTICULO 20
Los Servicios Locales de Protección de derechos contarán con un equipo técnico – profesional con especialización en la temática, integrado como mínimo por:
1.- Un (1) psicólogo
2.- Un (1) abogado
3.- Un (1) trabajador social
4.- Un (1) médico
La selección de los aspirantes debe realizarse mediante concurso de antecedentes y oposición. Los aspirantes deberán acreditar como mínimo tres años de ejercicio profesional, y experiencia en tareas relacionadas con la familia y los niños.
Se deberá garantizar la atención durante las 24 horas.


Y supongamos que esta ley esta reglamentada por el Decreto 300-->(pinchar para ver) .
Supongamos que no la cumple y que Agustìn se jode por la desidia de Rossi



1 comentario:

la bonaerense dijo...

feliz día!

tarde, pero lo dije

abramoslacancha.com